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09/01/2019 | |  

 Conozca las definiciones más relevantes de la Ley de Financiamiento

 

A continuación le presentamos las definiciones más relevantes de la Ley de Financiamiento aprobada para el 2019, en lo relacionado con los productos que administramos como Fondo de Pensiones y Cesantías:

 

Fondo de Pensiones Voluntarias

 


• Se mantienen los beneficios tributarios.

 


• Renta exenta hasta 30% del ingreso anual, máximo 3.800 UVT año.

 


• La renta exenta hace parte del límite conjunto de 40%, máximo 5.040 UVT año.

 


• Las valorizaciones (no retiradas) no son ingreso ni patrimonio.

 


• Los rendimientos financieros retirados que cumplen requisitos son renta exenta.

 


• En el impuesto al patrimonio se eliminó el beneficio por inversiones en acciones.

 


 

Aportes Voluntarios al Fondo de Pensión Obligatoria

 


• Son un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional hasta el 25% del ingreso anual, máximo 2.500 UVT al año.

 


• Los retiros para mayor pensión gozan de los beneficios de naturaleza pensional.

 


• Los retiros para fines diferentes a pensión son renta gravada y sujetos a retención en la fuente del 35% sobre capital y rendimientos, sin transición.

 


 

Planes Empresariales de Pensión Voluntaria

 


• Se mantiene la deducción especial para la entidad patrocinadora hasta 3.800 UVT por partícipe, en la vigencia fiscal del aporte.

 


 

Cesantías

 


• Hacen parte del ingreso en el año que son consignadas.


• Deben ser reconocidas patrimonialmente.


• Son renta exenta dentro del límite conjunto.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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