¿Qué sucede si no alcanzo a reunir el capital suficiente?
Existen varias alternativas:
1. Continuar cotizando hasta alcanzar este beneficio pensional.
2. La segunda es que si logras cotizar por lo menos 1.150 semanas, es decir, por lo menos 23 años de cotización, el Fondo de Garantía de Pensión Mínima te completará el capital para que tengas derecho a una pensión de 1 SMLMV (Salario Mínimo Legal Mensual Vigente).
3. Optar por la Devolución de los Saldos acumulados en tu cuenta de ahorro individual. Esto equivale a la totalidad de lo ahorrado por el afiliado en su cuenta de ahorro individual del Fondo de Pensiones, lo cual comprende no sólo los aportes realizados, sino todos los rendimientos generados por el Fondo, así como el Bono Pensional cuando hay derecho a éste.
El Fondo de Garantía de Pensión Mínima fue creado por la Ley 100 de 1993 y consiste en un fondo constituido por aportes que hacen todos los afiliados del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad cuyo propósito es completar los recursos necesarios para financiar las pensiones de aquellas personas cuyo capital no es suficiente para financiar una pensión de un 1 SMLMV (Salario Mínimo Legal Mensual Vigente).
Para ser beneficiario de este Fondo se requiere:
- Tener la edad de 57 años (mujeres) o 62 (hombres).
- Haber cotizado por lo menos 1150 semanas.
- No tener ingresos superiores a un 1 SMLMV (Salario Mínimo Legal Mensual Vigente).
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