¿Puedo combinar los Portafolios?
Sí, como afiliado tienes derecho a definir la forma cómo deseas distribuir tus cesantías entre los portafolios de corto y largo plazo o en uno de los dos. Lo ideal es hacer una evaluación del momento en que esperas utilizar los recursos de tus cesantías y con base en esto, distribuir los recursos depositados en tu cuenta individual.
¿Qué pasa si no he tomado ninguna decisión?
En el caso en que el afiliado no haya tomado la decisión, los nuevos aportes que reciban serán abonados al portafolio de corto plazo y las administradoras deberán trasladar entre los días 16 y 31 de agosto de cada año, los saldos existentes en el portafolio de corto plazo al de largo plazo. Los nuevos aportes que sean consignados en febrero de cada año serán abonados al portafolio de corto plazo.
Este proceso se repetirá todos los años hasta que el afiliado tome la decisión por primera vez, la cual podrá realizar en cualquier momento.